
Estar empadronada o empadronado en un municipio de la Comunidad Autónoma del País Vasco a 31 de diciembre de 2022. Excepcionalmente, no se exigirá este requisito cuando al menos una de las personas sustentadoras económicas principales tribute en Euskadi.
En el caso de personas solicitantes de origen extranjero, además del padrón, deben poseer la nacionalidad española o estar en situación de residencia legal en España, a fecha de presentación de solicitud. En esta consideración de residente legal queda excluida la situación de estancia por estudios, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
Requisitos académicos: Realizar la matrícula y cursar durante el año académico 2023-2024 alguno de los estudios recogidos en el artículo 1. En el caso en que se realicen simultáneamente distintos estudios, sólo podrá percibirse la beca para uno de ellos, salvo en el caso de tratarse de dobles Grados o dobles titulaciones que se ofertan como un único estudio por parte de la universidad correspondiente y que así están registrados en el Ministerio de Educación y Formación Profesional con el correspondiente código único de estudios.
No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca, independientemente de si recibieron beca para esos estudios o no.
No percibir beca o ayuda incompatible con la beca para realizar estudios universitarios y otros estudios superiores.
No será necesario presentar documentos de carácter permanente que ya fueron incorporados al expediente electrónico el curso anterior por la persona solicitante, siempre que no haya cambiado la información reflejada en ellos. Estos documentos pueden ser entre otros la sentencia de divorcio, el convenio regulador, la certificación bancaria del IBAN, el contrato de alquiler si no varía, la nota simple del registro de la propiedad, escrituras de compraventa, certificado de fallecimiento de un progenitor, certificado del grado de discapacidad. La documentación de carácter temporal sí que deberá ser aportada con cada solicitud anual según corresponda por las circunstancias personales de la persona solicitante: padrón colectivo, matrícula, justificante del pago de alquiler o de residencia, todos los documentos académicos, justificación de la participación en programas de movilidad nacional o internacional, y otros documentos, en su caso.
Requisitos e importe del componente precio público de matrícula
Requisitos e importe de la cuantía básica ligada a la renta familiar
Requisitos e importe de la cuantía básica ligada a la residencia
Requisitos e importe de la cuantía básica ligada al aprovechamiento académico
Requisitos e importe de la cuantía complementaria ligada al apoyo al aprendizaje y la transformación digital
Requisitos e importe de cuantía complementaria ligada al desplazamiento interurbano
Reglas para estudiantes afectados de una discapacidad